La penalidad de la discriminación.

Andy_blue

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En nuestra Carta Magna se expresa los derechos de todos los ciudadanos cubanos como aparece reflejado en el Capítulo II, pero qué se sabe de aquellos que transgreden al discriminar a otro ciudadano por cualquier motivo y cómo actuar en caso de que dicha discriminación perjudique nuestra integridad social, laboral o inclusive psicológica.

 
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Mariano

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Interesante tema...

Si envías una queja a la empresa o servicio donde fuiste discriminado(a) (por OS o identidad de género) recibes una respuesta administrativa a tono con el principio de igualdad; sin embargo en la parte penal aún no es así.

Creo oportuno recordar que si bien nuestra constitución proscribe la discriminación por orientación sexual e identidad de género (o discriminación de cualquier tipo), el código penal no ha acatado estas órdenes y por ello aún no puede procesar a alguna persona por este tipo de discriminación.

Invito al debate a @sexycubanone (abogado)...

 

YendriHolguin

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Es algo que no se debe tolerar bajo ninguna circunstancia, y si existen tantas leyes, una más que apoye estos derecho vendría muy bien, pues como dice Arturo, solo las respuestas son administrativas, y la parte penal hace caso omiso ante estás violaciones de los derechos humanos

 

Sexy

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Buen tema,


Hay un principio de derecho que no debemos olvidar, solo es delito aquello que reconozca la legislación penal como delito, aquello que no está escrito no puede ser constitutivo de delito aunque pensamos que lo es, la historia del derecho demuestra que la Ley se acomoda a los cambios de la sociedad en todos sus ámbitos, es evidente que se hace casi obligatorio legislar los crímenes de odio por discriminación, de cualquier tipo, acorde ya con lo que recoge la Constitución, la ley suprema, que tengamos claro no sirve para enfrentar ningún proceso, nadie puede, ante ningún ente judicial o administrativo, demandar algo teniendo como sustento legal la Constitución, es por eso que a veces discutimos cosas usando la Constitución como base y no llegamos a ningún lado, ya que son las leyes específicas las que se encargan de ordenar y ampliar el alcance de cada acápite de la carta magna, observemos que por desgracia nuestro país es digamos vago a la hora de legislar o mejor dicho, legisla y cambia las leyes solo en lo que defienda los intereses del Estado y digo esto porque estudiadamente está demostrado, y aquellas cosas que no estén dirigidas a la protección de la soberanía o la economía pues demoran años en perfeccionarse. Imagino que el Código Penal sufra modificaciones en el plazo de dos años que existen para renovar nuestro ordenamiento jurídico general, pero eso es algo verdaderamente incierto, las organizaciones sociales, asociaciones y demás entes interesados en esto, deben continuar ejerciendo presión y demostrando cuan necesario es que penalmente haya un precedente que sirva como método de, en primera instancia prevención para estas acciones y en segunda instancia de represión para cuando se acomenten.



@Arturo, aquí tienes jeje.



Saludos.


 
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duan

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Muy interesante el tema la verdad creo que es importante tener leyes antidiscriminación realmente no se si Cuba las tenga y si las tiene creo no se hacen cumplir mucho al menos es lo que he visto sobre todo en ptras `provincias cuando voy de vacaciones.Saludos.

 

ElChacal

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En nuestra Carta Magna se expresa los derechos de todos los ciudadanos cubanos como aparece reflejado en el Capítulo II, pero qué se sabe de aquellos que transgreden al discriminar a otro ciudadano por cualquier motivo y cómo actuar en caso de que dicha discriminación perjudique nuestra integridad social, laboral o inclusive psicológica.
Bueno pienso que ya es tiempo de que nuestro país ponga en el código penal alguna ley que nos proteja ante él la violencia la discriminación de género. La sociedad lo exige a gritos.

 

juancarlos

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Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o ... Incurrirá en la pena de prisión

 

El Chuchi

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Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o ... Incurrirá en la pena de prisión
Si, pero y donde está la ley en el código penal para sancionar..?? No existe. Entonces al final como dice el dicho, todo queda en casa y no pasa naaaaaaaa. Di algo @sexycubanone es así o no es así..?? aunque yo tenga mi manera de pensar no estoy a favor de la descriminación ni del abuso.

 

Andy_blue

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Los que provocaren a la discriminación, al odio o a la violencia contra grupos o ... Incurrirá en la pena de prisión
Ojalá fuera de esa forma, las personas que pensaran en discriminar a alguien recapacitarían y se tragarían sus intenciones pues sabrían que incurrirían en un delito que les provocaría perjuicio penal.

 
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Markuitos

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Cuba es un estado de Derecho y lo primero que declara la Constitucion es el libre culto de los cubanos , es decir el derecho pleno a tener los mismo derechos . todo tipo de Discriminacion es panalizada por la ley .

 

Andy_blue

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Cuba es un estado de Derecho y lo primero que declara la Constitucion es el libre culto de los cubanos , es decir el derecho pleno a tener los mismo derechos . todo tipo de Discriminacion es panalizada por la ley .
Pero que ley, porque citando a @sexycubanone no es suficiente iniciar un proceso penal contra una persona natural solo con lo expresado en la constitución y en el código penal la discriminacion no es constitutiva de delito o sea quien discrimina no está incurriendo en ningún delito. Por lo tanto tenemos derecho a las libertades que la constitución refleja pero no tenemos derecho de iniciar ningún proceso contra aquellos que abusan de su derecho de libre expresión para llegar a la discriminacion, lo cual incumple con la constitución (Artículo 90 inciso g), porque no se refleja en el código penal por lo tanto las instituciones y organismos competentes deben seguir ejerciendo todos sus esfuerzos para alcanzar una sociedad más civilizada con respecto a los prejuicios y la discriminacion

 

Andy_blue

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Leyendo en el código penal en su capítulo octavo artículo 295 explican los posibles actos que incurrirían en delito, @Sexycuban podrías explicarnos si este artículo podría ser empleado en defensa de alguien que haya sido descriminado por motivo de preferencia sexual o identidad de género?

 

HONEY

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Cuba es un estado de Derecho y lo primero que declara la Constitucion es el libre culto de los cubanos , es decir el derecho pleno a tener los mismo derechos . todo tipo de Discriminacion es panalizada por la ley .
Creo que aun nos falta proteccion, conozco de cerca un caso que paro en el hospital con una reconstruccion de rostro por el simple hecho de ser gay y que le cayo en gracia a dos escentricos payasos. En estos momentos ese muchacho no esta en el pais y por suerte se recupero de todo muy bien, pero aquellos dos nunca pagaron por el hecho.

 

jean

Me gusta la Cerveza Fria y las Mujeres Calientes
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Aca como siempre brindando mi granito de arena, en el Capitulo VIII, Delitos Contra el Derecho de Igualdad, artículo 295.1; dispone que el que discrimine a otra persona o promueva o incite a la discriminación, sea con manifestaciones y ánimo ofensivo a su sexo, raza, color u

origen nacional o con acciones para obstaculizarle o impedirle, por motivos de sexo, raza, color u origen nacional, el ejercicio o disfrute de los derechos de igualdad establecidos en la Constitución, incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas o ambas.

2. En igual sanción incurre el que difunda ideas basadas en la superioridad u odio racial o cometa actos de violencia o incite a cometerlos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico.

Como se daran cuenta puse la letra en cursiva para que detallen el animo del legislador de resaltar el la accion que en este caso seria la discriminacion y el bien juridico protegido es la persona, el movil si nos apegamos a lo que dice literalmente en este caso seria el animo ofensivo a al sexo, si bien no habla nada de hom,osexualidad, puedo decir que haciendo le una interpretacion extensiva ala norma ya esta recogi y ese esel delito para ello amen que se le incluyan las palabras magicas que muchos por aca quieren... pero si esta protegido y mucho antes de que se modificara la constitucion asi como hay otros delitos que dan al traste como la injuria y la calumnia que casi siempre son mnedios a fines para con la discriminacion.

 

Ley_G

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Aca como siempre brindando mi granito de arena, en el Capitulo VIII, Delitos Contra el Derecho de Igualdad, artículo 295.1; dispone que el que discrimine a otra persona o promueva o incite a la discriminación, sea con manifestaciones y ánimo ofensivo a su sexo, raza, color u

origen nacional o con acciones para obstaculizarle o impedirle, por motivos de sexo, raza, color u origen nacional, el ejercicio o disfrute de los derechos de igualdad establecidos en la Constitución, incurre en sanción de privación de libertad de seis meses a dos años o multa de doscientas a quinientas cuotas o ambas.

2. En igual sanción incurre el que difunda ideas basadas en la superioridad u odio racial o cometa actos de violencia o incite a cometerlos contra cualquier raza o grupo de personas de otro color u origen étnico.

Como se daran cuenta puse la letra en cursiva para que detallen el animo del legislador de resaltar el la accion que en este caso seria la discriminacion y el bien juridico protegido es la persona, el movil si nos apegamos a lo que dice literalmente en este caso seria el animo ofensivo a al sexo, si bien no habla nada de hom,osexualidad, puedo decir que haciendo le una interpretacion extensiva ala norma ya esta recogi y ese esel delito para ello amen que se le incluyan las palabras magicas que muchos por aca quieren... pero si esta protegido y mucho antes de que se modificara la constitucion asi como hay otros delitos que dan al traste como la injuria y la calumnia que casi siempre son mnedios a fines para con la discriminacion.
Es bueno ver que alguien hace un análisis más extensivo y exhaustivo del tema para lograr hacer valer nuestros derechos con las herramientas que actualmente contamos, lo que nos obliga a usar nuestros conocimientos en función de alternativas efectivas que aparentemente no parecen existir pero que están ahí y con un buen análisis interpretativo usando argumentos convincentes y auxiliándonos de lo que ya está legislado se pueda conseguir avanzar un poco más en la lucha contra la discriminación. Por eso concuerdo totalmente contigo.

Saludos

 

Soma Kurusu

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La discriminación siempre ha existido, ya sea al homosexual, al nerd, al gordo, al flaco, al más pobre, y nunca queda en algo más serio que simples palabras. Y lo peor es que tal discriminación donde es más fuerte es en las escuelas. Y no pasa nada. Por lo tanto, no creo que pongan nada en la constitución, la verdad.

 

Camps

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seria bueno que se pusieran leyes que de verdad le dé la sociedad cubana un poco de tolerancia y comprension para con los que son diferentes, o piensan diferente o se comportan diferente.

 

Maiksoler

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La discriminación en Cuba es penalizada, a partir de la proclamación de la Constitución de 1976. El problema es que casi nunca se denuncian estos atropellos y por lo tanto las autorizases comoetebtes no pueden hacer nada. Estos atropelláis fundamentalmente de ven en los centros de trabajo cuando existe una plaza vacante y una mujer que cuenta con los requisitoria la pide y our ser mujer no se la dan, es ahí donde se denuncia en el sindicato o en el órgano de trabajo y si es necesario en la policía. Pero puede ocurrir en cualquier parte y lugar. Hay que denunciar

 

Stgo_Cuba

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esto aun le falta mucho camino por recorrer empesando por nuestro sistema de justicia que es queindebe de sentar pautas y leyes de proteccion de genero para que la ciudadania se sienta respaldada y protegida por las leyes aun y auqneu se ha hecho mucho nos falta cultura y sobre todo Voluntad a todas las esfereas y no hablo de querrer hacer si n o de hechos y de resultados concretos.

 

Vikktor

Soy una persona amable y tranquila.
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Todo eso de penalizar la discriminación está muy bien, pero hasta ahora ninguno de los post aquí escritos hablan de cuáles medidas concretas se pueden implantar para penalizar la discriminación por orientación sexual o de género. Se habla de penalizar pero no se dice nada sobre cuáles son las penas a aplicar en diferentes situaciones.

Por ejemplo, si a una persona transexual se le expulsa de su centro de trabajo debido a su condición trans, o se le niega la posibilidad de tener empleo en alguna empresa de Estado a pesar que ella tiene aptitudes para trabajar, ¿De qué manera se puede penalizar a la empresa o institución que le niega el derecho a empleo o expulsa a la persona trans? ¿Qué sanciones se deberían aplicar a una entidad estatal que se niegue a tener personas trans en su colectivo de trabajadores? ¿Y realmente se aplicarían tales penalizaciones si se implantaran como leyes?

Otro ejemplo: Si en una cafetería particular, el dueño o algún dependiente (con fuertes sentimientos homofóbicos) se niega a atender a un cliente que es gay, por el solo hecho de ser homosexual, ¿De qué manera el dueño o el dependiente pudiera ser penalizado por causa de su comportamiento discriminatorio? ¿Con una simple multa? ¿Con el cierre de su negocio?

Ptro ejemplo: Si un policía agrede a golpes a un travesti en plena calle. ¿Será penalizado por ello? ¿De qué manera?

Esas y otras interrogantes similares son las que deberían debatirse aquí, en vez de dar muchos rodeos pero sin decir nada en concreto sobre cuáles medidas a aplicar para luchar realmente contra la discriminación homofóbica y transfóbica en la sociedad y en las instituciones.

Saludos

 
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